Jefatura Salud FAC

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Sep 20, 2024 08:02 PM

Principios del Subsistema de Salud de las Fuerzas Militares

Monday, 28 de March de 2022

Serán principios orientadores para la prestación del servicio de salud del SSMP los siguientes: 


a) CALIDAD: Los servicios que presta el Sistema se fundamentan en valores orientados a satisfacer las necesidades y expectativas razonables de los usuarios de tal forma que los servicios se presten de manera integral. 


b) ÉTICA: Es el conjunto de reglas encaminadas a brindar servicios de salud integrales en un marco de respeto por la vida y la dignidad humana sin ningún distingo. 


c) EFICIENCIA: Es la mejor utilización social y económica de los recursos administrativos y financieros disponibles para que los beneficios a que da derecho el Sistema sean prestados en forma adecuada, oportuna y suficiente. 


d) UNIVERSALIDAD: Es la garantía de la protección para todas las personas, sin ninguna discriminación, en todas las etapas de la vida. 


e) SOLIDARIDAD: Es la práctica de la mutua ayuda entre los Establecimientos de Sanidad de las Fuerzas Militares y Policía Nacional bajo el principio del más fuerte hacia el más débil. 


f) PROTECCIÓN INTEGRAL: El SSMP brindará atención en salud integral a sus afiliados y beneficiarios en sus fases de educación, información y fomento de la salud, así como en los aspectos de prevención, protección, diagnóstico, recuperación, rehabilitación, en los términos y condiciones que se establezcan en el plan de Servicios de Sanidad Militar y Policial, y atenderá todas las actividades que en materia de salud operacional requieran las Fuerzas Militares y la Policía Nacional para el cumplimiento de su misión. En el SSMP no existirán restricciones a los servicios prestados a los afiliados y beneficiarios por concepto de preexistencias. 


g) OBLIGATORIEDAD: Es obligatoria la afiliación de todas las personas enunciadas en el Artículo 23 del presente Decreto. 


h) EQUIDAD: El SSMP garantizará servicios de salud de igual calidad a todos sus afiliados y beneficiarios, independientemente de su ubicación geográfica, grado o condición de uniformado o no uniformado, activo, retirado o pensionado. 


Serán características propias del Sistema: 


a) AUTONOMÍA: El SSMP es autónomo y se regirá de conformidad con lo establecido en el presente Decreto. 


b) DESCENTRALIZACIÓN Y DESCONCENTRACIÓN: El SSMP se administrará en forma descentralizada y desconcentrada, con el fin de optimizar la utilización de los recursos, obtener economías de escala y facilitar el acceso y la oportunidad de los servicios de salud en las Fuerzas Militares y en la Policía Nacional. Esto con sujeción a las políticas, reglas, directrices y orientaciones trazadas por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. 


c) INTEGRACIÓN FUNCIONAL: La Dirección General de Sanidad Militar, la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional, las Direcciones de Sanidad de las Fuerzas, los Establecimientos de Sanidad Militar y Policial, y el Hospital Militar Central, concurrirán armónicamente a la prestación de los servicios de salud, mediante la integración en sus funciones, acciones y recursos, de acuerdo con la regulación que para el efecto adopte el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. 


d) INDEPENDENCIA DE LOS RECURSOS: Los recursos que reciban las Fuerzas Militares y la Policía Nacional para la salud, deberán manejarse en fondos cuenta separados e independientes del resto de su presupuesto y sólo podrán destinarse a la ejecución de dichas funciones. 


e) ATENCIÓN EQUITATIVA Y PREFERENCIAL: En todos los niveles del SSMP se deberán atender equitativa y prioritariamente a los afiliados y beneficiarios del mismo. Por consiguiente, solamente podrán ofrecer servicios a terceros o a entidades promotoras de salud, una vez hayan sido satisfechas debidamente las necesidades de tales usuarios. 


f) RACIONALIDAD: El SSMP utilizará los recursos de manera racional a fin de que los servicios sean eficaces, eficientes y equitativos.


g) UNIDAD: El SSMP tendrá unidad de gestión, de tal forma que aunque la prestación de servicios se realice en forma desconcentrada o contratada, siempre que exista unidad de dirección y políticas así como la debida coordinación entre los Subsistemas y entre las entidades y Establecimientos de Sanidad de cada uno de ellos.  

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