Dirección de Sanidad Ejército Nacional

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may 2, 2024 01:33
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DEFINICIÓN DE SITUACIÓN MÉDICO LABORAL / RETIRO

martes, 18 de febrero de 2014

TENGA EN CUENTA:

La Ficha Médica Unificada es calificada por los médicos de la oficina de Medicina Laboral (Dirección de sanidad Ejército), quienes emiten órdenes de concepto de acuerdo a las patologías (enfermedades) relacionadas en la Ficha Médica y soportadas debidamente con historia clínica y/o exámenes pertinentes, además de los Informativos Administrativos por Lesión según sea el caso.

Recuerde que los Conceptos Médicos deben ser efectuados en los Establecimientos de Sanidad Militar y deben ser diligenciados ÚNICAMENTE en el papel de seguridad previamente establecido para tal fin (Entregados Únicamente en los Establecimientos de Sanidad Militar o en las Oficinas de Medicina Laboral de las Divisiones ). POR NINGÚN MOTIVO SE ACEPTAN CONCEPTOS MÉDICOS ENTREGADOS DIRECTAMENTE POR EL USUARIO EN LA DIRECCIÓN DE SANIDAD. EN LAS OFICINAS DE MEDICINA LABORAL DIVISIONARIAS DEBEN SER VALIDADOS POR EL SISTEMA BIOMÉTRICO ÚNICAMENTE CUANDO ESTAS OFICINAS CUENTEN CON BIOMETRÍA Y LOS HAYAN ENTREGADO AL USUARIO PREVIA REVISIÓN DE LA ORDEN DE CONCEPTO.

Trámites: El Examen para Retiro tiene carácter definitivo para todos los efectos legales; por lo tanto debe practicarse dentro de los dos (2) meses siguientes al acto administrativo que produce la novedad , siendo de carácter obligatorio en todos los casos. Para iniciar el proceso de Junta Médica por retiro debe descargar la Ficha Médica Unificada de la página: http://www.disanejercito.mil.co/direccion_sanidad_ejercito/la_entidad/dependencias/medicina_laboral/formato_ficha_medica).

Con la ficha médica unificada impresa y documento que certifique fecha de retiro (OAP (Orden Administrativa de Personal donde se notifica el retiro del servicio activo, o Acta de evacuación en caso de que hubiese prestado el servicio Militar,) acérquese a cualquier Establecimiento de Sanidad a Nivel Nacional para el diligenciamiento de la ficha por parte de medicina general, odontología, fonoaudiología, optometría ,psicología, laboratorio clínico . Una vez diligenciada en su totalidad la Ficha Médica Unificada debidamente firmada y sellada por los profesionales del Establecimiento de Sanidad Militar donde la elaboró. Debe ser radicada con oficio dirigido a la Dirección de Sanidad Ejército en la Oficina de Registro (Carrera 7 No 52-48), recuerde anexar como soporte:

1. SI USTED ES PERSONAL DE OFICIALES - SUBOFICIALES- SOLDADOS PROFESIONALES-PERSONAL CIVIL DECRETO 1214, DEBE ANEXAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: Constancia de Tiempo de Servicio, esta debe ser solicitada en Atención al Usuario ubicado en Puente Aranda (Cra 50 No 18-06). OAP (Orden Administrativa de Personal donde refiere el Retiro del Servicio Activo). Fotocopia de la cédula ampliada al 150%. Se debe anexar copia de informativos por lesiones, conceptos o historia clínica por enfermedades o de tratamientos médicos que tenga. Estos serán validados por la Dirección de Sanidad Ejército. Exámenes de laboratorio. Validos máximo con dos (2) meses contados a partir de la fecha en que le fueron practicados. Todo esto se entrega mediante Modelo oficio de radicación ficha Médica (Ejemplo del mismo se encuentra en la Página de Disan Ejército).

2. SI USTED ES PERSONAL DE SOLDADOS REGULARES- SOLDADOS CAMPESINOS SOLDADOS BACHILLERES, DEBE ANEXAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS: Fotocopia de la cédula ampliada al 150%. Acta de evacuación completa (ésta debe registrar la causa de su aplazamiento por Sanidad, con anexos relacionados si los tuviera), solo se calificará esta causal. Exámenes de laboratorio. Válidos máximo con dos (2) meses contados a partir de la fecha en que le fueron practicados.

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